El agua que distribuye EMATSA supera favorablemente los criterios sanitarios establecidos por las autoridades sanitarias competentes así como los establecidos por la Organización Mundial de la Salud y la Unión Europea, según lo establecido en el Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano.

El cloro es el desinfectante de agua más utilizado en el mundo, por su efectividad y fiabilidad para eliminar todo tipo de microbios nocivos que puedan contener el agua, las tuberías de suministro o los depósitos de almacenamiento. El cloro que se añade al agua de consumo humano es una dosis mínima de garantía sanitaria –marcada por la legislación– no perjudicial para la salud de las personas.

Porque es el método que mejor garantiza la desinfección del agua hasta que esta llega a los grifos de los consumidores, impidiendo que proliferen los agentes patógenos en los depósitos de almacenamiento y las tuberías de suministro, y por su más que comprobada inocuidad en las concentraciones utilizadas. Por ello, la Organización Mundial de la Salud lo recomienda como el desinfectante más indicado para el agua.

La Organización Mundial de la Salud señala que, en las concentraciones establecidas por la legislación, el cloro es totalmente inofensivo para la salud. Las concentraciones máximas de este componente en el agua del grifo establecidas por esta organización garantizan que no conlleva ningún riesgo para la salud.

De hecho, la cloración del agua potable es uno de los avances más significativos en la protección de la salud pública, ya que, por su alto poder letal contra bacterias y otros microorganismos, ha contribuido a prevenir y erradicar muchas enfermedades de transmisión hídrica. La presencia de una dosis correcta de cloro después del tratamiento del agua no comporta ningún riesgo para la salud y confiere al agua un efecto de protección ante contaminaciones, además de ser un indicador de su correcta desinfección.

Según la normativa estatal vigente (Real Decreto 140/2003) y la transposición de la Directiva Europea 98/83/CE, la concentración de cloro en el agua de consumo humano no debe superar 1 mg/l, si bien se trata de un parámetro indicativo. Aunque la legislación estatal no establece ningún valor mínimo para el cloro libre, diferentes comunidades autónomas lo han fijado, a través de sus planes de vigilancia, y en la mayoría de los casos, en un valor de 0,2 mg/l.

Teniendo en cuenta que el cloro desaparece en función del tiempo de residencia en el agua y de la temperatura, entre otros factores, su nivel se controla en toda la red de distribución. De este modo, si durante el recorrido hasta los hogares de los consumidores, el nivel de este componente es inferior al límite indicativo establecido, desde la propia red de distribución se dosifican pequeñas cantidades de cloro (recloraciones) para garantizar la calidad sanitaria del agua.