7.2
Selección de proveedores
Ematsa, en su condición de empresa mixta participada mayoritariamente por una administración pública (Ayuntamiento de Tarragona), se convierte en un ente sujeto a la normativa de contratación del sector público, y, en consecuencia, con obligación de garantizar para la contratación de suministros, servicios y obras, los principios de publicidad, pública concurrencia, transparencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación y ofrecer como resultado la adjudicación de un contrato a la oferta con mejor relación calidad-precio. En todos los expedientes de pública concurrencia Ematsa vela por que los contratistas cumplan sus obligaciones medioambientales, sociales o laborales y, con este objetivo, establece condiciones especiales de ejecución a las cláusulas contractuales.
CUALIFICACIÓN DE PROVEEDORES
Una vez seleccionados, los proveedores son informados sobre los sistemas de gestión implantados en Ematsa y se les indica que su producto o servicio será evaluado y calificado teniendo en cuenta criterios de calidad, impacto al medio ambiente, inocuidad alimentaria, eficiencia energética y responsabilidad social corporativa. Los proveedores se recalifican periódicamente.
INFORMACIÓN SOBRE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. COORDINACIÓN EMPRESARIAL
Tal como establece el artículo 24 de la Ley de prevención de riesgos laborales, y que desarrolla el Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, Ematsa remite a los proveedores información e instrucciones vinculadas a los riesgos y las medidas de prevención, protección y de emergencia de las instalaciones donde se desarrollan los servicios contratados y se les solicita la documentación necesaria para dar cumplimiento a la coordinación de actividades empresariales previo al inicio de los trabajos. De este modo Ematsa asegura que son conocedores de las normas de seguridad de aplicación y establece los criterios de vigilancia y coordinación necesarios para garantizar el mantenimiento de los niveles de seguridad necesarios.